1. El concepto de Cambio Climático. Definición y
alcance del problema.
¿Qué nos hace pensar que en realidad
existe el llamado cambio climático? Todavía hay quienes dudan de ello, a pesar
de ciertos datos verdaderamente reveladores a la par que preocupantes: la
atmósfera y los océanos se han calentado (0,85ºC de media en los últimos 130
años y 0,1ºC por década en los últimos 40 años), las extensiones de nieve y
hielo han disminuido (Groenlandia y la Antártida sobre todo), el nivel del mar
ha subido (0,19 metros en los últimos 100 años, siendo de 3.2 mm/año los
últimos 17) y las concentraciones de gases de efecto invernadero han aumentado
(las concentraciones de dióxido de carbono, metano y óxido nitroso
han aumentado desde 1750, excediendo los niveles en 40%, 150% y 20%
respectivamente).
Todos los científicos apuntan que la
influencia humana sobre el clima ha sido la causa dominante de los cambios
acaecidos y descritos anteriormente.
Si continúa esta proyección, a finales del siglo XXI la temperatura global en
la superficie de la tierra se habrá incrementado en 3,7ºC, los océanos se
calentarán (todavía más los mares interiores, como el Mediterráneo)
y disminuirá el hielo marino Ártico, quedando libre de hielo en el 2050,
incrementándose el nivel del mar en una media de 0,62 metros.
Sin ninguna duda, el cambio climático es una realidad que se vive a través de una
combinación de riesgos medioambientales naturales (inundaciones, sequías,
vientos, incendios y precipitaciones irregulares) con otro tipo de amenazas
asociadas a la densidad de población, a la situación sanitaria y educativa, al
acceso a los alimentos y al agua, y al tipo de gobierno y sus acciones en el
territorio. Por ejemplo, en África,
un continente que tiene varios países que reúnen las características antes
mencionadas, entre 1999 y 2013 se han producido más de 2.300 desastres
naturales, con 1.300.000 víctimas mortales y más de 450 millones de afectados. En
el continente negro, y dependiendo de la región, el deterioro medioambiental
producido por el calentamiento global, ha acrecentado el impacto de diferentes
conflictos, sobre todo los relacionados con la seguridad humana y las
migraciones.
Según
datos de la Agencia Europea de Medio Ambiente, los
mayores aumentos de temperatura en la Unión Europea se registran en el sur del
continente y en la región ártica; los mayores descensos de la precipitación se
registran en el sur, con aumentos en el norte y el noroeste. Esta agencia, de
acuerdo con los datos de Naciones Unidas, prevé un aumento de la intensidad y
la frecuencia de las olas de calor y las inundaciones, así como los cambios en
la distribución de algunas enfermedades infecciosas y del polen que afectarán, negativamente,
a la salud humana, incidiendo en la seguridad de toda la UE. El cambio
climático constituye una carga añadida sobre los ecosistemas y provoca el
desplazamiento de especies vegetales y animales buscando temperaturas menos
extremas, fundamentalmente en el norte. Repercute negativamente en la
agricultura, la silvicultura, la producción energética, el turismo y las
infraestructuras en general.
REGIÓN EUROPEA
|
CAUSA DE LA
VULNERABILIDAD
|
SUR de
la UE y CUENCA MEDITERRÁNEA
|
Aumento
de la temperatura, olas de calor y sequía.
|
ZONAS MONTAÑOSAS
|
Fusión de la nieve y el hielo.
|
ZONAS COSTERAS y DELTAS
|
Aumento
del nivel del mar y de las precipitaciones de intensidad, provocando
inundaciones.
|
NORTE de la UE y ÁRTICO
|
Fusión del hielo a causa del
aumento de las temperaturas
|
Problemas globales
|
Deslizamientos
de tierra, propagación de enfermedades transmitidas por insectos, disminución
del rendimiento de los cultivos, inundación de regiones costeras, problemas
en las reservas de agua, caladeros de pesca, turismo y migraciones tierra
adentro.
|
Cuadro 1. Cambio Climático y vulnerabilidad de la UE. Elaboración propia
con datos de la Agencia Europea de Medio Ambiente.
Sabemos, además, que la UE es responsable
del 24% de las emisiones totales de los gases de efecto invernadero; quizá por
ello se esfuerza en aplicar políticas de lucha activa contra el cambio
climático. El cambio climático afecta a la seguridad de los países, de todas
las regiones y a todos los estados de la UE, unos más que otros, lógicamente. Y
los riesgos no son sólo ambientales, sino que incluyen otros de naturaleza
humanitaria, política, geoestratégica y económica. La amenaza, por tanto, es global, para la seguridad de la UE.
¿Qué es, por tanto, el cambio climático,
y cuál es el alcancel del problema? El Cambio Climático
es un problema con un origen marcadamente económico, y ese origen es el
conjunto de formas de producir y de hábitos de consumo que ha establecido
nuestro modo de vida. Es necesario cambiar esos hábitos, transformar el actual
modo de vida hacia otro que nos permita mantener un adecuado nivel de bienestar
sin socavar las posibilidades de supervivencia de nuestra civilización sobre el
planeta Tierra. Es imperativo proveer
los cambios sociales suficientes, que deben ser asumidos por la sociedad en su
conjunto, fortaleciendo los sistemas de responsabilidad social a la vez que
incorporando en todas las esferas posibles procedimientos de economía circular,
siendo imprescindible, tal y como ha establecido la Conferencia de Naciones
Unidas sobre el Cambio Climático
(en adelante COP21), la implicación y la participación social. Nuestro planeta
se está calentando a una velocidad sin precedentes debido, en gran medida, a la
emisión de gases de
efecto invernadero
(en adelante GEI).
El Cambio
Climático es la
mayor amenaza medioambiental a la que se enfrenta la humanidad y es causa
directa de graves admoniciones globales. Las emisiones constantes y
desproporcionadas de gases por parte de los países industrializados, entre
otros abusos de los recursos naturales, provocan graves modificaciones en el
clima mundial, afectando, sobre todo, a los países en vías de desarrollo y se
traducen en inundaciones, sequía, huracanes y todo tipo de desastres naturales
que dejan a la población desvalida y sin medios para subsistir, provocando en
el peor de los casos la conversión del país en estado fallido. El giro climatológico de diferentes partes del
planeta provoca migraciones hacia lugares más amables con clima menos extremo y
con acceso a una alimentación regular. La explotación desmesurada de los
recursos naturales provocan una economía intensiva que genera abundantes
recursos económicos (para unos pocos generalmente) pero pobreza, enfermedad y
esclavitud para una gran mayoría. El alcance, por tanto, es global, planetario,
no se circunscribe a unos lugares determinados y, por tanto, podemos decir que
nos atañe de manera integral siendo el medio ambiente y el hombre el principal
receptor del alcance del Cambio Climático y, por ende, nuestros hábitats, modos
y medios de vida. El Cambio Climático es
uno de los problemas mundiales más importantes de nuestro siglo; así es
considerado por la UE y tiene un lugar privilegiado dentro de sus prioridades,
afectando a la PESC, ya que afecta a la gobernanza global, a la seguridad, los derechos
fundamentales y el desarrollo democrático.
2. Situación Actual.
Decíamos que el problema y
alcance del Cambio Climático es global, apremiante y potencialmente
irreversible, por lo que la lucha para paliar o reducir sus efectos debe ser,
también, universal. Puesto que nos ocuparemos de las políticas de la UE desde
su liderazgo y la situación, programas y acciones, conviene remarcar los
esfuerzos que algunas organizaciones mundiales realizan para coadyuvar en la
lucha contra el Cambio Climático. De esta manera tendremos una visión
cosmogónica del problema global que significa el calentamiento de nuestro
planeta.
El Foro de Davos,
en su reciente reunión de enero de 2016, alertaba de “…/… la falta de mitigación y adaptación al cambio climático…/…” como
uno de los principales riesgos globales actuales y de especial atención durante
la década 2016-2026; es la primera vez que este importante Foro coloca un
problema medioambiental como el primero de los peligros globales. El
año 2015 fue el más cálido jamás registrado en la Tierra desde que comenzaron
los registros climáticos hace 136 años; la temperatura de la superficie
terrestre y oceánica de la Tierra se situó 0,9 grados centígrados por
encima de la media registrada durante el siglo XX, que es de 13,9 grados
centígrados, según el estudio. De hecho, 2015 fue 0,13 grados centígrados más
caluroso que 2014, el año que marcó el anterior récord de mayores temperaturas. El 18 de diciembre de 2015 China sufría su segunda alerta roja por
contaminación (la primera fue entre el 6 y el 9 de diciembre), concretamente en
el norte y este del país y afectando a más de 50 ciudades incluyendo Pekín,
previendo una densidad de partículas PM 2,5
superior, en varias regiones a los 500 microgramos por metro cúbico,
cuando el máximo recomendado por la OMS es de 25; la visibilidad en la
capital del gigante asiático se redujo a menos de un kilómetro. El Presidente
de EE.UU Barack Obama aseguró en su último debate del Estado de la Unión, que ejercerá
presión política en su recta final del mandato presidencial para que haya
"…/… cambios en la forma como EE.UU.
maneja el petróleo y el carbón, redoblando así su apuesta por las energías
limpias y la lucha contra el cambio climático”. Obama recriminó también al
Partido Republicano que continúe negando la evidencia del Cambio Climático.
Podríamos seguir hablando de la situación actual global con respecto al Cambio
Climático, pero creo que son suficientes estos ejemplos. En cualquier caso,
para poder ayudar a lo ya explicitado en la vigencia de este grave y actual
riesgo mundial, hablaremos brevemente de la estrategia de Naciones Unidas,
sobre todo a raíz de la COP21,
sobre la que se coadyuvan las estrategias de la UE.
Naciones Unidas sostiene que los
países han admitido que “…/…el cambio
climático constituye una amenaza cada vez mayor para el desarrollo, las
iniciativas destinadas a erradicar la pobreza y el bienestar de sus ciudadanos.”
Los efectos del cambio climático se perciben en todos los continentes,
exacerbándose más en unas regiones que otras, generalmente las más pobres del
planeta. En el seno de la ONU existe el denominado Grupo
Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (en adelante IPCC), que elabora
informes anuales sobre las consecuencias de Cambio Climático; para el IPCC las emisiones mundiales de gases
de efecto invernadero siguen aumentando y, de continuar así, el aumento de la
temperatura a nivel mundial superará con creces el límite de 2 grados
centígrados establecido como objetivo por los países con el fin de evitar los
efectos más peligrosos del cambio climático. El informe correspondiente a 2015
se dará a conocer en la 43 reunión que el Grupo realizará en Nairobi (Kenia)
los próximos 11 al 13 de abril de este año.
El quinto informe de evaluación (AR5)
es el diagnóstico más completo de los conocimientos científicos sobre el cambio
climático desde 2007 y nos aporta evidencias y posibles posibilidades para
paliar los efectos del Cambio Climático. Naciones Unidas tiene más de 35
programas de alianza,
con diferentes organismos de la ONU, para trabajar de manera interdepartamental
contra el Cambio Climático. De todas las estrategias, la Convención Marco de
Naciones Unidas contra el Cambio Climático (CMNUCC) es la más activa, más
conocida como la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático o Cumbre
de París 2015 (COP 21). La COP21
concluyó con la adopción de un acuerdo histórico para combatir el cambio
climático e impulsar medidas e inversiones para un futuro bajo en emisiones
de carbono para crear entornos, sobre todo, sostenibles. El objetivo principal
del acuerdo universal es mantener el aumento de la temperatura en este siglo
muy por debajo de los 2 grados centígrados, e impulsar los esfuerzos para
limitar el aumento de la temperatura por debajo de 1,5 grados centígrados sobre
los niveles preindustriales. Además, el acuerdo busca reforzar la habilidad internacional
para hacer frente a los impactos del cambio climático. Y así lo hicieron los
195 países presentes en la Conferencia de 2015. Se ha catalogado como histórico el acuerdo de París porque las
decisiones son de carácter universal, aspecto éste del encuentro de diciembre
de 2015 que no había sido conseguido en ninguna de las anteriores reuniones. El
acuerdo parte del hecho de la “grave
preocupación” por la ausencia de resultados en cuanto a la reducción de los
GEI, provocando un calentamiento global sin precedentes. El objetivo, por
tanto, es limitar el calentamiento de la tierra por debajo de los 2ºC, fijando
como deseable llegar a 1,5ºC. Para que las emisiones de los GEI comiencen a
reducirse rápidamente, hay que lograr un equilibrio entre las actividades
humanes que los generan y las que pueden ser capturadas por medios naturales
(fundamentalmente bosques); también se debe contar con elementos tecnológicos
que ayuden a la absorción de los GEI (instalaciones de almacenamiento de
Carbono, por ejemplo, aunque estas infraestructuras están, hoy, muy
cuestionadas).
Ese es otro de los logros de la COP21, que incluso los países de la OPEP hayan
admitido lo que negaban hasta ahora: la parcialidad del Carbono y sus efectos
en el calentamiento global. Aunque
la OPEP no participó en la COP21 como organización, sí lo hicieron los países
miembros, desempeñando un papel protagonista en cuanto a la reducción
voluntaria de las emisiones para el periodo 2020-2030. Mientras que Argelia lo
hizo dentro del plazo establecido por Naciones Unidas, Ecuador, Emiratos
Árabes, Angola, Arabia Saudí, Irán, Irak, Kuwait, Nigeria, Qatar, Libia y
Venezuela también lo hicieron, aunque fuera de plazo.
Los
países más ricos del planeta en sus versiones G7, G8 o G20, así como los más
industrializados, recortarán sus emisiones y respaldarán las rebajas de las
emisiones de los países en vías de desarrollo (los BRICS, fundamentalmente). Los países más desarrollados financiarán la
reconversión energética de las naciones en vías de desarrollo; también a
enfrentar las consecuencias del Cambio Climático, sobre todo en lo relacionado
con la seguridad energética y alimentaria. Los países más desarrollados
aportarán 100.000 millones de dólares anuales hasta 2025, fecha en la que se
actualizará la cifra. En cuanto a las pérdidas y daños, “.../...Se reconoce a las
islas vulnerables al alza del nivel de los océanos y a los países pobres más
expuestos al cambio climático el derecho a obtener respaldos para evitar,
reducir al mínimo y afrontar las pérdidas y los daños relacionados con los
efectos adversos de este fenómeno”.
El acuerdo de París entrará en vigor en
2020, pero en 2018 los países evaluarán los impactos económicos y sociales de
sus iniciativas contra el calentamiento global, revisando sus estrategias de
reducción de los GEI. Habrá una nueva conferencia de las partes en 2023 y,
después, revisión de los acuerdos y resultados cada cinco años.
3. Liderazgo de la Unión Europea en la lucha contra
el Cambio Climático.
Después de un acuerdo tan
importante en cuanto a la globalidad del mismo, las grandes estructuras
nacionales y supranacionales tienen que estar detrás de él, apoyando las
iniciativas que de él surgieron. Ya lo hemos comentado con respecto de los
BRICS; también EE.UU, a pesar del escepticismo
republicano que esconde, una vez más, intereses económicos. La Unión
Europea, por supuesto, pero en Europa llevamos ya mucho tiempo librando batalla
contra el Cambio Climático y sus efectos, seguramente porque la UE es la
responsable del 24% de las emisiones totales de los GEI. Así, la estrategia de
la UE era tanto interna como externa, es decir, que importaban tanto los países
miembros de la UE como el resto de los países de su entorno. Y tiene su lógica,
ya que además de cumplir con los valores explicitados en el Tratado de la Unión
Europea (en adelante TUE), se trata de invertir en seguridad, de todo tipo,
puesto que las fronteras de la UE, sobre todo la Sur, sufrirán una avalancha de
población desplazada por los efectos del Cambio Climático, queriendo entrar en
una Europa que ofrece diferentes garantías. Aún cuando el Protocolo de Kioto no era respetado por casi
ningún país de la esfera internacional, la UE alcanzó en Durban, en diciembre
de 2011, un firme compromiso con la lucha contra el Cambio Climático para
extender este acuerdo hasta 2020, unido al esfuerzo de rebajar las emisiones de
GEI un 20%, elevar la cuota de generación de energía a través de renovables en
un 20% y aumentar la eficiencia energética un 20%. Si bien es cierto que la
UE cumplió como estructura supranacional, diferentes países miembros como
España, Dinamarca e Italia no lo hicieron.
La crisis económica ha hecho
que nos olvidemos, durante unos años trascendentales, del Cambio Climático. Sin
embargo los efectos de la crisis han aumentado los efectos de éste. La
dependencia de los combustibles fósiles es uno de ellos, olvidando la política
de fomento de las energías renovables llevada hasta entonces. Invertir en
medidas con mucho coste económico en periodo de crisis no era asumible por
muchos de los países UE. Sin embargo, mientras los costes de la crisis ya han
supuesto cerca de los dos billones de euros, la inversión en programas contra
el Cambio Climático no llegará a los 73.000 millones de euros anuales hasta
2020, demostrándose, una vez
más, la poca altura de miras. La crisis económica también nos ha traído la
protección a las industrias más contaminantes tales como siderúrgicas,
cementeras y papeleras, que se verán exentos de pagar los impuestos de emisión
en un 90% de los casos, protegiendo la deslocalización empresarial y el
desempleo en el territorio de la Unión, sobre todo los países más
petróleo-dependientes. Aún así, desde la UE tenemos suficientes herramientas
para ocuparnos de los efectos del Cambio Climático y liderar la conversión de
sus consecuencias tanto en Europa como en el Mundo.
Desde los tratados. La política europea en materia de medio ambiente se remonta al
Consejo Europeo celebrado en París en 1972, en el que los Jefes de Estado y de
Gobierno europeos, tras la primera conferencia de las Naciones Unidas sobre
medio ambiente,
reconocieron la necesidad de establecer una política comunitaria en materia de
medio ambiente que acompañara la expansión económica. La UE es, por tanto, competente para actuar en todos los ámbitos de
la política de medio ambiente, como la contaminación del aire y el agua, la
gestión de residuos y el cambio climático. Su ámbito de actuación se ve
limitado por el principio de subsidiariedad y por el requisito de unanimidad en
el Consejo en los ámbitos de asuntos fiscales, ordenación territorial,
utilización del suelo, gestión cuantitativa de los recursos hídricos, elección
de fuentes de energía y estructura del abastecimiento energético. Podemos
resumir que la política medioambiental europea se basa en los principios de
cautela, prevención, corrección de la contaminación en su fuente y en el
concepto de que “quien contamina paga”. Ésta se aplica por medio de
la Directiva sobre responsabilidad medioambiental (en adelante DRM),
cuyo objetivo es prevenir los daños medioambientales causados a especies
protegidas y hábitats naturales, el agua y el suelo. Los operadores que
realizan determinadas actividades profesionales, como el transporte de
sustancias peligrosas, o actividades que implican vertidos a las aguas, deben
tomar medidas preventivas en caso de amenaza inminente para el medio ambiente.
De haberse producido ya el daño, están obligados a tomar las medidas adecuadas
para remediarlo y a pagar los costes. El ámbito de aplicación de la
Directiva se ha ampliado para incluir la gestión de residuos de extracción, la
explotación de emplazamientos de almacenamiento geológico y la seguridad de las
operaciones de extracción de petróleo y gas, respectivamente.
El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea de 1985 (TFUE): Como competencias compartidas el
artículo 4.2 establece las de medio ambiente, pesca y agricultura, transportes,
energía y seguridad, entre otras. El artículo 11 fomenta el desarrollo
sostenible en las políticas ambientales. Los artículos 191, 192 y 193 refieren
diferentes cuestiones relacionadas con el Medio Ambiente que hoy son programas
de reducción de los GEI. Pero el art. 191.1 habla en concreto de la lucha
contra el cambio climático.
Acta Única Europea de 1987 (AUE). Se
introduce, por primera vez, un título sobre medio ambiente, que constituyó el
primer fundamento jurídico para una política común en materia de medio
ambiente, con el objetivo de preservar su calidad, proteger la salud humana y
garantizar un uso racional de los recursos naturales. Hay tres nuevos artículos
en el Título VII, el 130R, 130S y 130T,
que se añaden al Tratado CEE y que
permiten a la Comunidad “la conservación, la protección y la mejora de la
calidad del medio ambiente, la protección de la salud de las personas y la
utilización prudente y racional de los recursos naturales”. Se precisa que la
Comunidad únicamente intervendrá en materia de medio ambiente cuando esta
acción pueda realizarse mejor a escala comunitaria que en los Estados miembros.
Tratado
de Maastricht 1993 (Tratado de la Unión Europea TUE). Además de proporcionar los tres
pilares de la UE (el pilar comunitario, la PESC y la Justicia y los Asuntos
de Interior), el TUE habla de desarrollo sostenible y protección y mejora del
medio ambiente (art. 3.3 y 3.5). En este Tratado el ámbito medioambiental se
convirtió en un ámbito político oficial de la UE; se introdujo el procedimiento
de codecisión, y la votación por mayoría
cualificada pasó a ser la norma general en el Consejo.
Tratado
de Amsterdam (primera revisión TUE) 1999.
Estableció la obligación de integrar la protección del medio ambiente en todas
las políticas sectoriales de la UE con miras a promover el desarrollo
sostenible.
Tratado
de Niza (segunda revisión TUE) 2003. No incorpora
nuevos asunto relacionados con el Medio Ambiente y el Cambio Climático al
ocuparse el Tratado de la puesta a punto de la estructura institucional de cara
a las ampliaciones que tendría que afrontar la UE.
Tratado
de Lisboa (tercera revisión TUE) 2009. Organiza y
clarifica por primera vez las competencias de la Unión, distinguiendo tres
tipos de competencias: competencia exclusiva, competencia compartida y
competencia de apoyo. El medio ambiente será una competencia compartida. Además,
la UE tiene ya personalidad jurídica propia para la firma de tratados y
convenios internacionales. El Tratado de Lisboa añade explícitamente que la
lucha contra el cambio climático es objetivo primario de
la Unión. Se configura, así, como uno de
los valores y señas de identidad europea en un momento clave de identificación
de lo que significa Europa, cuando las circunstancias son radicalmente
diferentes al inicio del proceso de construcción europea (artículos 2.3, 2.5,
TÍTULO I art. 2.c.e, 143, 144, 145 y 146).
Desde el Parlamento Europeo. El parlamento Europeo (en adelante PE) como poder
legislativo de la UE, ha liderado la respuesta global al cambio climático,
junto al Consejo y la Comisión Europea. Con la aprobación
de normas específicas, se ha contribuido a la
reducción de las emisiones de GEI y se ha convertido a la UE en una
economía de bajas emisiones de carbono, reduciendo la dependencia de las
importaciones de energías fósiles. A lo largo de su séptima legislatura
(2009-2014), el PE, que legisla junto al Consejo, ha adoptado, entre otras,
decisiones legislativas sobre emisiones
de vehículos e industriales, residuos electrónicos y bolsas de plástico,
traslado ilegal de residuos, estrategia de residuos y desguace de viejos
buques. En la actualidad los asuntos relativos al Cambio Climático se debaten
en la Comisión Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.
La lucha contra el Cambio Climático, el fomento de las energías limpias y la
protección del medio ambiente son elementos transversales en esta comisión, que
ha trabajado activamente en la COP21. En la actualidad los trabajos del PE
giran en torno a la reducción de emisiones por parte de las empresas y en el
establecimiento de objetivos climáticos más eficaces para el periodo 2020-2030.
Eficiencia energética, etiquetado energético, diseño ecológico, gases
fluorados, transporte menos contaminante (gas y electricidad), y biocombustibles terminan los trabajos que, en
la actualidad, debate la comisión de Medio Ambiente en el PE. Además, el PE ha aprobado una actualización de la Directiva sobre las
evaluaciones de impacto ambiental para clarificar el texto, incluir la
biodiversidad y el cambio climático y garantizar que las autorizaciones de proyectos
no estén sujetas a conflictos de intereses.
Desde el Consejo de la UE: Los Jefes de Estado y de Gobierno de los 25 países de la UE definen
las orientaciones y prioridades políticas generales de la UE en el Consejo. A
través de diferentes decisiones el Consejo y sus estados miembros están
comprometidos con la lucha contra el Cambio Climático y la reducción de las
emisiones de GEI. Al decidir qué políticas son las que se realizan, marcan la
agenda de la Comisión Europea. Las primeras medidas que se tomaron en este
sentido por el Consejo datan de 2008, cuando se establecieron metas para el
2020.
Objetivo
20-20-20 (20% menos de emisiones GEI, 20% más de energías renovables y 20% más
de eficiencia energética).
Marco
de actuación en materia de clima y energía para 2030. Mayor competitividad,
seguridad y sostenibilidad en el sistema económico y energético, con una fuerte
inversión en tecnologías ecológicas.
Régimen
de comercio de derechos de emisión de la UE y su reforma. Creado para promover
la reducción de emisiones GEI de modo rentable y económicamente eficiente. Las
emisiones GEI de diferentes sectores industriales están limitadas, pudiendo las
empresas comprar o recibir derechos individuales. Con el fin de compensar los
excedentes existentes, se fortalecerá el sistema para paliar los desequilibrios
entre oferta y demanda de derechos de emisión en 2019.
Cooperación
y desarrollo sobre Cambio Climático a través de acuerdos internacionales.
Participación activa y protagonista de la UE en la CMNUCC de París (COP21) y
acuerdos con regiones y países (BRICS sobre todo).
Desde la Comisión Europea. Gracias al Comunicado de 9 de febrero de 2005 “Ganar la
batalla contra el Cambio Climático mundial” se establece una lucha
coordinada desde cuatro ámbitos distintos: los riesgos derivados del Cambio Climático en sí mismo y la
voluntad política de hacer frente a los mismos, la participación internacional
en la lucha contra el cambio climático, la innovación necesaria para un cambio
de los métodos de producción y utilización de la energía, y la adaptación de
los países a los efectos inevitables del cambio climático. Además de cumplir con
lo establecido en el Protocolo de Kioto, a través de la decisión 2002/358/CE,
se fomenta la sensibilización de los europeos sobre este asunto, fomentando
hábitos sostenibles, fortalecer la investigación científica para conocer los
efectos del Cambio Climático y poder paliarlos, fomentar la cooperación con
terceros países para transferir conocimiento sobre el Cambio Climático, sus
efectos y cómo atemperarlos o eliminarlos. A este respecto ya existían medidas
de este tipo tanto en el Libro verde
sobre seguridad del abastecimiento energético
, donde se analizan el constante aumento de la dependencia energética de
Europa, los retos que plantean el cambio climático y el mercado interior de la
energía, así como las medidas relativas a la oferta o la demanda de recursos
energéticos y el lugar de las energías renovables y de la energía nuclear, entre
otros interesantísimos temas, como en el Libro
Blanco sobre las políticas del Transporte,
donde se pretendía conciliar el desarrollo económico de la UE y las
exigencias de una sociedad que demanda calidad y seguridad al efecto de
fomentar un transporte moderno y sostenible. Entre los “beneficios y costes de la estrategia” ya se establecían los de la
reducción de los GEI: “.../... Los
beneficios de una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero se
derivan principalmente de la prevención de los daños resultantes del cambio
climático, tales como el aumento del nivel del mar y las inundaciones, la
reducción de los recursos de agua potable, los riesgos para la salud, la
modificación de los ecosistemas, los perjuicios para las economías basadas en
la agricultura o el turismo, la multiplicación de los riesgos de incendio y de
fenómenos climáticos extremos (tempestades, olas de calor), el aumento
consiguiente de los costes y gastos en materia de seguro, etc. Sin embargo
resulta difícil evaluar de forma precisa el importe de los beneficios de tal
acción”.
Fueron muchas más las estrategias
generadas desde el ejecutivo europeo, pero destaca entre todas, por lo
premonitorio sobre los acuerdos de la COP21, la comunicación de 10 de enero de
2007: "Limitar el calentamiento mundial a 2ºC - Medidas necesarias hasta
2020 y después".
Todos los programas posteriores han estado coordinados con Naciones Unidas, por
supuesto, pero no podemos olvidar lo que expusimos al inicio de este apartado:
el liderazgo de la UE en materia de control y lucha contra el Cambio Climático.
Así, además de lo explicitado, la Comisión Europea tiene marcadas sus
estrategias de cara a 2020, 2030 y largo plazo. En la actualidad es el
Comisario de Acción por el Clima y Energía el encargado de estos asuntos en la
Comisión Europea, que dispone de una Dirección General, la de Acción por el
Clima,
como responsable del ejecutivo europeo.
Objetivos clave de la Acción por el Clima de la
Comisión Europea UE
Precursores:
Comunicado 9.2.2005. Ganar la batalla contra el
Cambio Climático Mundial.
Comunicado 10.1.2007. Limitar el calentamiento
mundial a 2 ºC - Medidas necesarias hasta 2020 y después.
Actuales:
Objetivos 2020:
Reducir 20% emisiones GEI con respecto de 1990. El 20% del consumo total de la
energía procederá de renovables. Incremento del 20% de la eficiencia
energética.
Objetivos 2030:
Reducir el 40% de las emisiones GEI con respecto de 1990. El 27% del consumo total
de la energía procederá de renovables. Incremento del 27% de la eficiencia
energética.
Objetivos 2050:
Reducir entre el 80% y el 95% las emisiones GEI con respecto de 1990. Mejorar
la competitividad, creación de empleo e impulso a la economía en base a la alta
eficiencia energética y bajas emisiones de CO2.
La UE
destinará un 20% del presupuesto 2014-2020 (960.000 millones de Euros) para
proteger el clima. Este presupuesto se suma al de los países miembros UE.
Se
utilizará el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE como
instrumento clave para reducir las emisiones de GEI de la industria al menor
coste posible, promoviendo las energías renovables con el objetivo de tener una
energía ecológica en la UE.
Se
adopta una estrategia de adaptación al Cambio Climático, que tendrá una réplica
en todos los estados miembros de la UE que contemple la reducción del consumo
innecesario del agua, adaptar la normativa del sector de la construcción,
construir defensas contra las inundaciones y desarrollar cultivos resistentes a
las sequías, entre otros.
Mantener
el calentamiento global por debajo de los 2ºC, reduciendo las emisiones de GEI
antes de 2020, y un 60% antes de 2050 con respecto a las de 2010.
Compromiso
de cumplimiento con los acuerdos de la COP21.
Desde la Agencia Europea del
Medio Ambiente. La Agencia Europea de Medio Ambiente (en adelante AEMA) es un
organismo de la UE. Su labor es ofrecer información sólida e independiente
sobre el medio ambiente, y es la fuente principal de información para los
responsables del desarrollo, la aprobación, la ejecución y la evaluación de las
políticas medioambientales, y también fuente para europeos. En la actualidad, la
AEMA tiene 33 países miembros, y sirve de asesor a los estados miembros, además
del PE, el Consejo Europeo, la Comisión Europea, Consejo Económico y Social y
Comité de las Regiones. Aunque son muchos los asuntos que tiene asignados la
AEMA,
el Cambio Climático tiene especial protagonismo.
Los informes que destacan son:
Conseguir
un mundo con bajas emisiones de Carbono y resistente al Cambio Climático.
Infraestructura
Verde.
Cambio
Climático y Ciudades.
El
Suelo y el Cambio Climático.
El
Cambio Climático y el Mar.
El
clima europeo está cambiando.
Clima
UE 2015: vivir en un clima cambiante.
.../...
CO2, CH4 y N2O, respectivamente.
Cambio climático: Bases físicas. Guía resumida. Fundación
Biodiversidad. Oficina Española de cambio climático. Agencia estatal de
Meteorología. Centro Nacional de Educación Ambiental. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. 2013.
El Informe AR5 del Intergovernamental Panel of Climate Change
(IPCC) realizado en 2014 sitúa en un 95% el nivel de certeza sobre la
influencia humana en el cambio climático.
España mirando al sur: del mediterráneo al Sahel. Informe 18 del
Real Instituto Elcano. Noviembre de 2014. Estudio coordinado por Félix Arteaga.
Conferencia de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático,
celebrada en París entre el 30 de noviembre y el 12 de diciembre de 2015 http://www.cop21.gouv.fr/
Son gases que se encuentran presentes en la atmósfera terrestre
y que dan lugar al fenómeno denominado efecto
invernadero. Su concentración atmosférica es baja, pero tienen una
importancia fundamental en el aumento de la temperatura del aire próximo al
suelo, haciéndola permanecer en un rango de valores aptos para la existencia de
vida en el planeta.
World Economic Forum. Committed to
improving the state of the world. Insigth Report. The Global Risks Report 2016.
11th edition. Figura 1: The global risks landscape 2016. Figura 2: The global
risks interconnections Map 2016 y página 50 (Climate Change and Risks to Food
Security). http://www3.weforum.org/docs/GRR/WEF_GRR16.pdf
Informes de la NASA y de la
Administración de Océanos y Atmósfera de Estados Unidos (NOAA).
Ibídem nota 3. Fue lanzado en cuatro partes entre septiembre de
2013 y noviembre de 2014. AR5 se compone de los informes completos
preparados por el Grupo de
Trabajo (I, II y III) y sus resúmenes para responsables de
políticas, así como un informe de síntesis.
Acrónimo para denominar las 5 economías emergentes más potentes
del planeta: Brasil, Rusia, India, China y Sudáfrica.
Estrategia 20/20/20 de la UE.
[27] LA SEGURIDAD CLIMÁTICA EN LA UNIÓN EUROPEA: ENTRE LAS AMENAZAS Y
LAS OPORTUNIDADES. Susana Borrás Pentinat. Revista Catalana de Dret Public nº
38. 2009.
La Conferencia de Estocolmo de
1972 centraba la atención internacional en temas medio ambientales,
especialmente los relacionados con la degradación ambiental y la 'contaminación
transfronteriza'. Este último concepto era muy importante, ya que señalaba el
hecho de que la contaminación no reconoce los límites políticos o geográficos y
afectos a los países, regiones y pueblos más allá de su punto de origen.
El artículo 2.2. del TFUE dice sobre las competencias compartidas
que: “Cuando
los Tratados atribuyan a la Unión una competencia compartida con los Estados
miembros en un ámbito determinado, la Unión y los Estados miembros podrán
legislar y adoptar actos jurídicamente vinculantes en dicho ámbito. Los Estados
miembros ejercerán su competencia en la medida en que la Unión no haya ejercido
la suya. Los Estados miembros ejercerán de nuevo su competencia en la medida en
que la Unión haya decidido dejar de ejercer la suya”.