Si la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa
Nacional es el documento más importante en cuanto a la definición, proyección y planeamiento de la defensa en
España, la Directiva de Defensa Nacional (en adelante DDN) le sigue en
importancia. Se trata, con este documento, de establecer las líneas maestras de
actuación, así como los objetivos que se persiguen desde el Gobierno en materia
de defensa, y que serán llevados a cabo por el Ministerio competente.
Desde 1980 se han sucedido diferentes DDN[1],
una por legislatura salvo la V (1993-1996) en la que estuvo vigente la de 1992,
y éstas siempre han incluido entre sus
objetivos “la mejora de la estructura orgánica y funcional del Ministerio de
Defensa y la modernización de nuestras Fuerzas Armadas, amén de haber orientado
la política exterior española hacia la plena incorporación a las organizaciones
occidentales de seguridad y defensa[2]”.
Lógicamente, cada momento histórico genera sus propios conflictos e hitos en
materia de seguridad que serán reflejados convenientemente en las diferentes
DDN; la adaptación, por tanto, es clave y esto ha sido posible, también,
gracias a las tres leyes orgánicas aprobadas desde 1980[3].
Pero la caída del Muro de Berlín y el final de la denominada Guerra Fría modifica tanto el contenido
como los objetivos de éstas. Así, la DDN de 1992 contempla una nueva realidad
de la seguridad internacional donde la rivalidad Este-Oeste ya ha desaparecido,
basada en la mayor participación en las estructuras de defensa colectiva y un
mayor dinamismo en los esfuerzos internacionales de solución de los conflictos
internacionales, ya sean interestatales o regionales, pero que pueden afectar a
la seguridad global tales como los de la época en África, Oriente Medio, los
Balcanes y Golfo Pérsico. De esta forma se incorpora a este tipo de documentos
las misiones de paz y ayuda humanitaria, y especialmente relevante es la
incorporación de nuevas amenazas, como la del terrorismo, a raíz de los sucesos
del 11-S en Nueva York, incidiendo en una cooperación integral de los estados
desde los puntos de vista policial, judicial, militar y de inteligencia en un
escenario estratégico globalizado. También la de 1992 es la primera Directiva
que recoge todo el acervo europeo en virtud de nuestra pertenencia, desde 1986,
a las instituciones europeas; no en vano la acción exterior de la UE reflejada
en su Política Común de Seguridad y Defensa (en adelante PCSD), que compartimos
plenamente, tiene como principios la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos y
de las libertades fundamentales, la democracia, el estado de derecho, la
igualdad, la solidaridad entre
los hombres y los pueblos y naciones del mundo, el respeto del Derecho Internacional y en particular
de los principios contenidos en la Carta
de Naciones Unidas (en adelante ONU), la cooperación y el multilateralismo, del que hablaremos en un
capítulo aparte. Llevar a cualquier parte del mundo estos principios es tarea
de la UE, a través de la PCSD, y debe formar parte de nuestro ideario en
materia de Defensa. Naturalmente nuestro ordenamiento jurídico, así como
nuestras directivas y estrategias, está en consonancia con la política adoptada
y desarrollada por las organizaciones internacionales a las que pertenecemos. Además, la de 1992 es la primera de las
Directivas que deja de tener carácter reservado.
Otra consideración en la redacción de las Directivas de 2008 y 2012 es la aprobación en 2005 de la Ley Orgánica
5/2005, de Defensa Nacional, que establece con claridad en su artículo 6.3.a)
que será el Presidente del Gobierno el que formule la DDN “.../...en la
que se establecerán las líneas generales de la política de defensa y las
directrices para su desarrollo”. Tampoco debe dejar de advertirse que entre
la DDN08 y la DDN12 se aprueba la Estrategia Española de Seguridad en 2011, la
primera de estas características en España, y cuyo objetivo era garantizar la seguridad del Estado y de los ciudadanos,
basándose en el análisis de los intereses españoles, el estudio de las amenazas
y riesgos que afectan a España. Sugiere unas líneas de acción para responder a éstos, enmarcados en una dimensión nacional, europea y global, incluyendo esta concepción
integral de seguridad nuevas amenazas en
el campo de la economía, la energía o la ciberseguridad.
Y un último dato a tener en
cuenta, grosso modo, antes de afrontar la comparación de ambas Directivas, es
que la de 2008 se realiza bajo un gobierno progresista, con José Luis Rodríguez
Zapatero como Presidente del Gobierno, y la de 2012 con las premisas de un
gobierno conservador, con Mariano Rajoy como Presidente. Si bien cada administración otorga importancia
a determinados elementos que se reflejan en la Directiva, debemos resaltar el
hecho de que sea la Presidencia del Gobierno quien ostente la dirección de la
política de defensa, la determinación de los objetivos y la formulación de los
instrumentos ejecutivos para su consecución, tal y como se diseño en Ley Orgánica 5/2005. La de 2012 es la última
DDN aprobada en España, donde se incorporan el nuevo concepto estratégico de la
OTAN, aprobado en 2010, aunque debemos esperar que, si la situación política lo
permite, se apruebe una nueva en 2017.
Hablamos, por tanto, cuando nos referimos a las Directivas de Defensa
Nacional, de documentos de ámbito estatal, cuyo objeto es establecer las líneas
generales de la política de defensa y las directrices para su desarrollo con el
fin de garantizar la defensa de España, colaborar con la seguridad de los españoles
y contribuir a preservar la paz y seguridad internacionales.
De modo resumido, podemos
decir que la aprobación de la DDN08 vino precedida por una gran transformación
del escenario estratégico mundial con nuevos riesgos, nuevas amenazas multidimensionales
y nuevas crisis regionales que exigían la atención de la comunidad
internacional en un ejercicio permanente de multilateralismo. Estos nuevos
contextos obligan a los estados a incrementar la cooperación entre países y, a
raíz del 11S, el control de armamentos y el terrorismo transnacional, sin dejar
de observar la combinación de éstos con el crimen organizado y los denominados
estados fallidos.
También conviene recordar que
en el periodo que va entre ambas Directivas que hoy estudiamos, los efectos de
la crisis económica internacional se agudizaron hasta alcanzar límites de
bancarrota para varios estados. Además, junto a la frontera Sur de la UE, es
decir España, Italia y Grecia, surgen diferentes revueltas en el Magreb y
Oriente Medio que con el nombre de primavera
árabe modifica radicalmente el escenario político y estratégico de la
región, afectando al resto del mundo, especialmente a la UE en general y a
España en particular.
Durante el primer semestre de
2010 España asume la presidencia de la UE y se esfuerza, sobre todo, en
asegurar la estabilidad de la región mediterránea que afecta de lleno a su
frontera Sur. Por otro lado en 2011 se aprueba la Estrategia Española de
Seguridad, al final del mandato de Rodríguez Zapatero y con un gobierno muy
debilitado por los efectos que sobre la
población tiene la crisis económica.
Por último y para terminar de
encuadrar el contexto, podemos decir que la DDN08 dispone de 6 apartados
distribuidos en 14 páginas (Introducción, Planteamientos Estratégicos, Objeto,
Líneas generales de actuación, Directrices y Disposiciones Finales); la DDN12
es un formato más reducido de 5 apartados (Introducción, Evolución del panorama
estratégico y su repercusión para España, Objetivos de la política de defensa,
Directrices y una Disposición Final) y 9 páginas.
Principios Generales
DDN08
|
Principios
Generales DDN12
|
Consecuente con la
aprobación de la Ley Orgánica 5/2005, de Defensa Nacional. El Presidente del
Gobierno dirige la política de Defensa y la determinación de sus objetivos.
Enfoque integral de la Defensa. Analiza riesgos, amenazas y vulnerabilidades
y las causas que la producen, establece marcos de actuación y proporciona
respuesta integral, obviado la situación de crisis económica que ya estaba
presente en buena parte del mundo. Esta Directiva está en consonancia con las
establecidas en OTAN, UE y ONU avanzando en la Defensa Colectiva y la
Seguridad Compartida. Consecuencia de esta Directiva se aprueba en 2011 la
Estrategia Española de Seguridad (EES11). Las FAS son instrumento esencial de
la acción exterior del Estado.
|
Los cambios
experimentados en el ámbito de la seguridad justifican esta nueva DDN12,
sobre todo en nuestro entorno más inmediato. La crisis económica supone una
amenaza cierta a nuestra seguridad. Defensa responsable. Optimización de
recursos. Solidaridad y lealtad con las alianzas que mantiene nuestro país,
especialmente reseñadas en la OTAN, UE y ONU. La mejor aportación que puede
hacer España al entorno de la seguridad global es su propia fortaleza,
analizando los riesgos, amenazas y vulnerabilidades para la primera mitad del
siglo XXI. Se establece la disuasión frente a posibles riesgos como función
principal de la Directiva. Se enfatiza más la importancia de la industria
española de defensa.
|
ESCENARIOS ESTRATÉGICOS y ADVERSARIOS IDENTIFICADOS.
La DDN08 describe un
escenario complejo y larvado de peligrosidad, donde solo la combinación de
diplomacia, política, cooperación, economía y
defensa puede detener los conflictos regionales de impacto global. Los
actores públicos y privados, gubernamentales y no-gubernamentales junto a los
factores étnicos y religiosos determinan unos escenarios de riesgos y
adversarios perfectamente identificados, siendo éstos el terrorismo, el crimen
organizado, la proliferación de armas de destrucción masiva, los estados
fallidos, los conflictos regionales, la lucha por los recursos básicos, el
cambio climático y el ciberespacio (coincidente con el catálogo de riesgos y amenazas
de la UE[4]). El escenario es multidimensional
por el creciente aumento de los actores, además de globalizado y sin solución
definitiva en el horizonte, lo que condiciona el proceso sine die ya que éste
puede volver a reiniciarse en cualquier momento. La seguridad y la defensa, por tanto, son
competencias que el Estado debe garantizar con una política inclusiva e
integradora manejando los instrumentos que y la hemos definido anteriormente.
Tal y como dice la propia DDN08:“.../...
exige un enfoque multidisciplinar y una actuación integral del conjunto de las
administraciones públicas competentes y la confluencia de instrumentos civiles
y militares, públicos y privados[5]”.
En este panorama conflictual,
los escenarios en los que se mueven las grandes decisiones estratégicas son el
Mediterráneo, Iberoamérica, el África Subsahariana, Sahel, Oriente Medio y la
región Asia-Pacífico. Nuestra seguridad está ligada a la seguridad de estas
zonas, especialmente el área mediterránea en tanto en cuanto es frontera sur de
la UE; la continuación de las políticas de vecindad y de cooperación regional
permite que España disponga de relativa calma, además de un adecuado suministro
de materias primas y energía. Así mismo España es el puente natural[6]
de Europa (y la UE) con Iberoamérica; además del multilateralismo concreto,
que impregna toda la Directiva, se explicita una mayor cooperación bilateral y
regional en materia de defensa con los estados iberoamericanos. Y por último,
se hace necesaria la estabilización regional de diferentes zonas del África
Subsahariana[7]
y de Asia-Pacífico[8].
Se explicita, con la misma
importancia, la necesidad de que nuestras FAS mantengan una adecuada defensa de
España, en cuanto a las capacidades militares se refiere, pero también que sean
partícipes de la salvaguarda de nuestro estado en cuanto a situaciones de
emergencia, riesgo y catástrofes se refiere, incorporando a este concepto el
acceso a la alimentación, la energía, el agua o el cambio climático[9].
La DDN12 se aprueba en agosto
y mantiene, básicamente, los mismos conceptos y constantes vitales que la de 2008, aunque motivado por el cambio en
el escenario estratégico incorpora importantes novedades en un contexto
económico todavía más adverso y con un cambio de signo político en el gobierno.
Con una marcada vocación atlántica,
apuesta por la continuidad de una alianza fuerte con Estados Unidos para
mantener a raya los riesgos y amenazas globales y declara que la OTAN “.../...
permanece como el vínculo de seguridad y defensa colectiva más apropiado para
España[10]”.
Para la Directiva, en el
actual escenario estratégico predomina una amenaza de carácter híbrido, mezcla
de conflictos convencionales con los nuevos asimétricos, incorporando el
ciberespacio a los tradicionales escenarios de Tierra, Mar y Aire[11]. Esta directiva otorga
una relevante importancia a la crisis económica como factor desestabilizador en
las relaciones humanas dentro de los estados que sufran sus consecuencias al no
poder garantizar la cobertura necesaria del acceso a los recursos básicos por
parte de la población. Los escenarios
que la Directiva tiene en cuenta son prácticamente los mismos que la de 2008:
Mediterráneo en general, pero especialmente los estados de la primavera árabe en el Magreb y Masreq, Oriente Medio, Sahel, Iberoamérica,
Golfo de Guinea y África Subsahariana. Especialmente importante, desde mi punto
de vista, es la vinculación de la
seguridad de España a la plena estabilidad del mediterráneo que solo podrá
conseguirse controlando la insurgencia del Sahel, los tráficos ilícitos de
Iberoamérica y Golfo de Guinea y el acceso de los Agentes No Estatales Violentos
y el crimen organizado a los estados africanos y asiáticos más débiles, lo que
debe controlarse con un una adecuada relación de colaboración y control “.../... con los países de ambas orillas[12]”,
entendidas las orillas tanto del atlántico como del pacífico. Desde una
concepción generalista, la Directiva explicita que España debe estar preparada
para contraponer los riesgos globales en “.../...
un mundo en el que la interconexión, la calidad y velocidad de la información,
la gestión telemática de las transacciones, la libertad de los movimientos y de
intercambios comerciales, cuyos beneficios son tan evidentes para la sociedad,
no configuren un escenario en el que jueguen con ventaja grupos terroristas y
de la delincuencia organizada[13]”.
Una vez más la globalización de la economía sale a colación al albur de un
liberalismo económico en crisis. Pero podemos concluir que los adversarios
identificados serían los mismos que en la Directiva anterior, con algunas
incorporaciones fruto, como ya hemos dicho, del nuevo panorama estratégico
internacional: ataques cibernéticos, proliferación de armas de destrucción
masiva, tráfico de personas, piratería, extensión de movimientos y grupos
fanatizados (ya sean armados o no), la quiebra de la seguridad aeroespacial, el
terrorismo, el crimen organizado, la inmigración ilegal, el narcotráfico y la
seguridad económica y financiera, fruto
de la crisis económica internacional. Aunque no se hace mención de las
catástrofes naturales y el cambio climático y sus efectos en la seguridad
energética y alimentaria, y la consecuente generación de los llamados
refugiados climáticos, entendemos que esta Directiva hace suya lo explicitado
en la de 2008, ya que sí aparecen reflejados como tales en el Informe Anual de Seguridad de 2014[14]
salvo la referencia al Cambio Climático y sus efectos, que el gobierno español
actual parece querer obviar de manera pertinaz a pesar de haber firmado los
acuerdos de la Conferencia de la ONU de París del año pasado (COP21) y de los
esfuerzos de la UE en su mitigación y la adaptación de los estados, así como en
la configuración de un modelo energético sostenible y basado en las energías
renovables.
La Directiva renueva una
alianza leal con los principios y valores de la OTAN y la UE. También con sus
socios, claro está. Queda explicitado en diferentes partes de la Directiva y
forma parte de la estrategia del estado español. La lógica de nuestra
pertenencia a estas dos superestructuras me hace pensar que, aunque no se
expresa de manera categórica (salvo una mención escueta en la página 5, párrafo
3), también se haga con respecto de nuestra pertenencia a la ONU, toda vez que
España ha formado parte de su Consejo de Seguridad, como miembro no permanente,
desde enero de 2015 hasta diciembre del 2016. Tampoco se hace mención a la
OSCE, como sí hacía la Directiva de 2008 al igual que la referencia a la ONU y
su Consejo de Seguridad.
En 2013 el gobierno de
Mariano Rajoy aprueba la Estrategia Nacional de Seguridad, que sustituye a la
de 2011, e incorpora buena parte de lo contemplado en esta Directiva, ampliando
muchos de los conceptos ya que se trata de un documento más amplio. Los
escenarios y los adversarios identificados coinciden, ampliando algunos, tales
como el Cambio Climático, que aparece expresamente definido en el capítulo de
Emergencias y Catástrofes (página 34), así como sinónimos perfectamente
identificables con este riesgo tales como la sostenibilidad medioambiental
(página 29) o riesgos medioambientales (página 32). La ONU también aparece en
la ENS13 en el capítulo de las líneas de actuación estratégica en materia de
Defensa Nacional (página 40).
Escenarios
estratégicos y adversarios identificados DDN08
|
Escenarios
estratégicos y adversarios identificados DDN12.
|
Escenario complejo
y peligroso. Necesaria la combinación de diplomacia, política, cooperación,
economía y defensa para detener los
conflictos regionales de impacto global. Terrorismo, crimen organizado, la
proliferación de armas de destrucción masiva, los estados fallidos, los
conflictos regionales, la lucha por los recursos básicos, el cambio climático
y el ciberespacio. Escenario multidimensional. Actuación integral de todas
las administraciones públicas en la defensa. El Mediterráneo, Iberoamérica,
África Subsahariana, Sahel, Oriente Medio y la región Asia-Pacífico son los
escenarios. Nuestra seguridad está ligada a la seguridad de estas zonas. Multilateralismo
y relaciones bilaterales y regionales. Enfoque multidisciplinar y actuación
integral de todas las administraciones públicas.
|
Nuevo escenario
estratégico ya que las amenazas son de carácter híbrido, aumentando el riesgo
en el ciberespacio. Marcado carácter atlantista
y vocación de mantener una relación especial con EE.UU. La crisis económica
configura buena parte de la Directiva. Mediterráneo en general, pero
especialmente los estados de la primavera
árabe en el Magreb y Masreq, Oriente
Medio, Sahel, Iberoamérica, Golfo de Guinea y África Subsahariana son los
escenarios estratégicos que se definen. Los adversarios identificados serían
los ataques cibernéticos, la proliferación de armas de destrucción masiva, el
tráfico de personas, la piratería, la extensión de movimientos y grupos
fanatizados, la quiebra de la seguridad aeroespacial, el terrorismo, el
crimen organizado, la inmigración ilegal, el narcotráfico y la seguridad económica y financiera. La Directiva no
habla expresamente del multilateralismo, pero sí de las relaciones
bilaterales y regionales.
|
OBJETIVOS DE LA
POLÍTICA DE DEFENSA y FUERZAS ARMADAS.
La DDN08 establece con claridad el objetivo de la consecución
de la paz y un orden internacional
estable para asegurar la protección de los valores propios e intereses
esenciales de España[15].
Se basa, por tanto, en el principio de seguridad compartida y defensa colectiva
que, como ya sabemos, comparte con la OTAN, la UE y la ONU. La DDN12 expresa
que el objetivo primordial debe ser el de asegurar la fortaleza de España
mediante el empleo de las capacidades propias que deben servir para detener las
amenazas no compartidas[16].
Entendemos que, aunque basa la seguridad en la pertenencia de España a la OTAN
y UE, ésta está supeditada a la defensa y protección de los intereses
nacionales.
Analizando más pormenorizadamente la DDN08 nos encontramos
con la voluntad de desarrollo de una acción única del Estado en materia de
Seguridad y Defensa, de respeto a la legalidad nacional e internacional, en el
desarrollo de una política de Estado que lleve a identificar a la sociedad con
sus FAS. No podemos olvidar que la DDN04 había puesto importantes deberes al gobierno de Rodríguez
Zapatero que se saldaron positivamente (desarrollo de la PCSD de la UE en
materia de capacidades, creación de Battlegroups y Agencia Europea de Defensa,
nuevas capacidades OTAN, relaciones UE-OTAN, Diálogo Mediterráneo OTAN y UE,
elaboración de la Ley Orgánica de Defensa Nacional, continuar con las medidas
de transformación de las FAS, etc.). Recordar que se elaboró la Estrategia
Española de Seguridad en 2011, directriz expresa de esta Directiva y que el
Consejo de Defensa Nacional asesoró al Presidente del Gobierno en la toma de
decisiones relativas a la seguridad y defensa de España. Desde mi punto de
vista no se trabajó con el denuedo necesario el fomento de la cultura de la
defensa en la sociedad. Desde el punto de vista más interno, nuestra
pertenencia a organizaciones internacionales nos obliga a mantener actualizados
nuestro sistema de gestión de crisis, incorporando a las FAS en la lucha de
nuevos riesgos, amenazas y emergencias (la creación de la Unidad Militar de
Emergencia (UME), por ejemplo).
La DDN12 sitúa objetivos en materia de cohesión territorial
nacional al decir con claridad que prevalece garantizar la seguridad propia
para coadyuvar a la global; también establece la necesidad de replantear el
actual diseño de las estructuras de las FAS, mejorando la coordinación entre
los distintos ministerios y departamentos ministeriales, fundamentalmente la
inteligencia[17]. Esta
Directiva expresa con mayor intensidad la necesidad, que convierte en objetivo,
de impulsar la industria nacional de la defensa, aprovechando el recoveco de
convertir ésta en un motor de recuperación económica cuando debería haber
utilizado la recomendación europea de impulso a la industria de la Defensa[18].
Son objetivos concretos de esta Directiva el asegurar un estado español fuerte,
incrementando la coordinación de los instrumentos públicos de seguridad y
defensa, manteniendo un nivel de disuasión creíble y suficiente que nos alejen
de los escenarios de riesgo del entorno geográfico; la transformación de la FAS
sigue siendo tarea a desarrollar junto con la voluntad de hacer de la cultura
de la defensa algo propio de todos los españoles.
OBJETIVOS DDN08
|
OBJETIVOS DDN12
|
Establecer las líneas generales de
la política de defensa y las directrices para su desarrollo. Conseguir la paz
y un orden internacional estable para asegurar la seguridad de España.
Seguridad compartida y Defensa Colectiva de acuerdo con OTAN, UE y ONU. Acción
única del Estado en materia de seguridad y defensa; compromiso con la defensa
de la paz y la seguridad internacional; multilateralismo efectivo; respaldo
social y parlamentario; seguridad compartida y defensa colectiva.
Transformación dinámica y permanente de las FAS.
|
Asegurar la fortaleza de España
gracias a las propias capacidades de nuestras FAS; supeditamos nuestra
pertenencia a OTAN y UE a la protección de los intereses españoles. Mayor
grado de incertidumbre en cuanto a la situación de la seguridad en el mundo.
Contención presupuestaria mayor que en 2008 pero sin renunciar a los niveles
de seguridad exigidos. Asegurar una España fuerte. Coordinar los instrumentos
de las administraciones públicas. Tener un nivel de disuasión aceptable.
Seguir modernizando las FAS. Llevar la cultura de la defensa a todos los
ciudadanos.
|
EL
MULTILATERALISMO en las DIRECTIVAS de DEFENSA NACIONAL 2008 Y 2012.
No hay una única definición de multilateralismo válidamente
aceptada por todos, por lo que debemos sumar algunas para tener un concepto más
o menos claro de su significado. Así, multilateralismo en relaciones
internacionales sería la acción
concertada de tres o más países sobre un determinado asunto, materializada a
través de organizaciones internacionales o multilaterales[19].
Concretamos, además, que por asunto entendemos
los que se refieren a conflictos territoriales, políticos o de variado interés
que afecte, en nuestro caso, a la seguridad y la defensa global, pero debe
quedar claro que el multilateralismo hoy puede ejercerse en una gran variedad
de asuntos que van desde las relaciones comerciales hasta las financieras. Es,
por tanto, una actividad de varios países sobre una cuestión determinada. Este
sistema asocia a varios estados en el viejo anhelo de la paz perpetua kantiana,
vinculándose voluntariamente con obligaciones iguales y mutuas para la solución
de un problema que, no siendo propio, podría afectarle. Hablamos de un acuerdo
incluyente e igualitario, con mecanismos de control y supervisión de las
decisiones que regulan la acción multilateral, y España es un estado activo en esta materia por
su pertenencia a diferentes estructuras supranacionales y regionales. Si bien
el paradigma de multilateralismo es la ONU, su mejor instrumento y con cuya
organización nuestro país participa activamente, aplicamos un multilateralismo
normativo supranacional en materia de seguridad y defensa, igual al de los
países miembros de la UE y OTAN, que otorga estabilidad en el escenario
internacional gracias las clausulas de apoyo mutuo y/o Defensa Colectiva. El
multilateralismo no es uniformidad de criterios ya que es necesario conciliar
opiniones e intereses. Como instrumento es eficaz en tanto en cuanto ningún
estado puede resolver por sí solo los retos, peligros, riesgos y amenazas
comunes. Por tanto, podemos concluir que el multilateralismo es un instrumento
útil y capaz para asentar el orden internacional. Al menos para intentarlo.
España ejerce, como decíamos, un multilateralismo normativo
por su pertenencia a instituciones supranacionales, a la vez que multipolar por
la variedad de situaciones internacionales que la globalización ha provocado
después del fin de la bipolaridad EE.UU.-URSS, con el fin de la guerra fría, y
la unipolaridad de EE.UU. que le siguió. Ya hemos comentado que nuestra
pertenencia a la ONU, OTAN y UE nos exige la participación activa en acciones
multilaterales. Y así se recoge en nuestros documentos normativos en materia de
defensa. En la DDN08 se recoge, de principio a fin, una voluntad claramente
multilateralista en nuestras relaciones con Iberoamérica que quiere sean así en
materia de cooperación, sin renunciar a las relaciones bilaterales y regionales[20].
También aparece en el capítulo cuatro, al hablar de las líneas generales de
actuación del Estado, por tanto de los objetivos de la Directiva; en concreto
unimos nuestro compromiso con la defensa de la paz y la seguridad internacional
con el ejercicio del multilateralismo[21].
De su literalidad deducimos que nuestra política de seguridad y defensa, al
igual que la de nuestros aliados OTAN y UE, pasa por la resolución de
conflictos a través de este procedimiento.
Sin embargo no encontramos referencias concretas al
multilateralismo en la DDN12 lo que, desde mi punto de vista, no debe decantar nuestra
opinión sobre la nula voluntad multilateralista del gobierno de España, ya que
hacemos nuestros en la propia Directiva las iniciativas de la OTAN y la UE, que
son organizaciones que ejercen el multilateralismo de manera permanente, a
pesar de la crisis que sufre en la actualidad el sistema de misiones
internacionales[22], que repercute, en este caso, en un refuerzo de la bilateralidad del Gobierno de España tanto con la OTAN como con la UE. Esta opinión se ve refrendad cuando encontramos en la Estrategia Nacional de
Seguridad de 2013 menciones expresas al multilateralismo[23].
Por otro lado, en la medida en la que la Directiva habla de participar en las
iniciativas de la OTAN y la PCSD UE estamos participando activamente del la
acción multilateral. Sin embargo sí se explicita con claridad la bilateralidad “.../... con aquellos actores que compartan
intereses y/o amenazas, que puedan aportar estabilidad a nuestro entorno o
mejoren la posición de España en el ámbito de las relaciones estratégicas[24]”.
Apreciar un giro en cuanto a la aplicación de la política nacional de seguridad
y defensa sería arriesgado, dado el entorno en el que nos movemos y que ya
hemos descrito. Sin embargo resulta llamativo que no se haga mención en el
documento más ejecutivo en estas materias; puede ser que el signo político del
gobierno dirija la política internacional española hacia la bilateralidad, pero
prefiero opinar, a la vista de los documentos y de los planteamientos
estratégicos de las organizaciones a las que pertenecemos, que esta Directiva
es complementaria de la anterior de 2008 y asume, de facto, los principios allí
establecidos. No en vano nuestra participación en misiones internacionales y en
diferentes organizaciones en materia de seguridad, defensa, financieras o
comerciales nos hace practicar el multilateralismo de manera prioritaria, sin
dejar de ejercer nuestra posición como país en la defensa de nuestros intereses
a través de procedimientos bilaterales que mantienen los principios y valores
de las organizaciones supranacionales a la que antes me refería y que forman
parte de nuestra manera de hacer seguridad y defensa.
[1] 1980, 1984, 1986, 1992,
1996, 2000, 2004, 2008 y la actual de 2012.
[2] Alfonso J. Iglesias
Velasco. El Rumbo marcado por la nueva Directiva de Defensa Nacional. Página 2.
file:///C:/Documents%20and%20Settings/rgomezm/Mis%20documentos/Downloads/Dialnet-ElRumboMarcadoPorLaNuevaDirectivaDeDefensaNacional-1143404%20(2).pdf
[3] Ley Orgánica 6/1980, de 1
de julio, por la que se regulan los criterios básicos de la Defensa Nacional y
la organización militar, modificada por la Ley Orgánica 1/1984, de 5 de enero,
y la vigente Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de Defensa Nacional.
[4] Documento Estrategia de Seguridad Interior de la UE.
Hacia un modelo europeo de seguridad. Consejo
de Justicia e Interior 25 y 26 de marzo de 2010. Páginas 13 a 15.
[5] DDN08, página 7.
[6] DDN08, página 5.
[7] República Democrática del
Congo, Ruanda, Malí (con terroristas de Al Qaeda), Níger y Guinea, entre otros
conflictos.
[8] Afganistán, Bangladesh,
China-Tíbet, China-Xinjiang, Corea del Norte, Filipinas, India-Pakistán, Irán o
Nepal, entre otros.
[9] Miguel Ángel Franco
García. De las Directivas de Defensa Nacional a la Estrategia de Seguridad
Marítima Nacional: Tendencia a la integración de capacidades cívico-militares
en el ámbito marítimo. Página 7 y ss.
[10] DDN12. Página 3.
[11] Revista española de
defensa. Septiembre 2012. Página 6.
[12] DDN12. Página 4.
[13] DDN12. Página 3.
[14] Informe Anual de
Seguridad del Reino de España de 2014. Páginas 93 y siguientes, y 125 y
siguientes. http://www.lamoncloa.gob.es/espana/eh15/defensa/Documents/150424_Informe%20Anual%20de%20Seguridad%20Nacional_14.pdf
[15] DDN08. Página 6. “España defiende como intereses esenciales la
soberanía, la integridad territorial y el ordenamiento constitucional, así como
asegurar la libertad, la vida y la prosperidad de sus ciudadanos .../... la
consecución de un orden internacional estable de paz, seguridad y respeto a los
derechos humanos es también un objetivo esencial de España”.
[16] DDN12. Página 5. “La primera contribución de España a la paz y
seguridad internacional no es otra que garantizar la propia con fortaleza y
decisión, y para ello procurarse las capacidades que aseguren la disuasión ante
las que tradicionalmente se han denominado “amenazas no compartidas”.
[17] La Directiva de Defensa
Nacional 2012. Instituto Español de Estudios Estratégicos. 7 de agosto de 2013.
Documento de análisis 35/2012. Página 11.
[18] La industria de la
Defensa de la UE. http://www.europarl.europa.eu/atyourservice/es/displayFtu.html?ftuId=FTU_5.9.5.html
[19] Luis Caamaño Aramburu.
Documento de opinión 87/2014 de 8 de agosto. Instituto de Estudios
Estratégicos. La eficacia del multilateralismo en las relaciones
internacionales.
[20] DDN08. Página 6.
[21] DDN08. Página 8.
[22] Félix Arteaga. La
directiva de defensa nacional 1/2012: tiempos de cambio para cambiar a tiempo.
ARI 58/2012 Real Instituto Elcano. Septiembre 2012.
[23] Estrategia Nacional de
Seguridad 2013. Página 12.
[24] DDN12. Página 8.
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